Sí. Un prestamista con licencia puede realizar una verificación de antecedentes en el NICS respecto de una persona en el momento en que la persona se ofrezca a empeñar un arma de fuego. Si el NICS informa al prestamista que la recepción o posesión del arma de fuego por parte de la persona que intenta empeñar el arma infringe la ley, el prestamista debe informar a la policía local en el transcurso de las 48 horas posteriores a la recepción de la información.
Un prestamista que contacta a NICS antes de aceptar el arma de fuego de una persona, debe realizar una verificación de antecedentes en el NICS al momento de redimir el arma.
[Ley pública 105–277, promulgada el 21 de octubre de 1998]