Sí. Una persona puede enviarse un arma de fuego a si mismo en atención de otra persona en el estado en donde piensa cazar o realizar cualquier otra actividad lícita. El paquete debe estar dirigido al dueño de la misma “en atención de” el residente de otro estado. Al llegar a destino, ninguna otra persona que no sea el dueño puede abrir el paquete ni tomar posesión del arma de fuego.