Una persona sin licencia federal puede enviar un arma de fuego a través de un transportista común o contratado a un residente de su propio estado o a un titular de licencia federal en cualquier estado. Se debe utilizar un transportista común o transportista contratado para enviar armas cortas.
Además, la ley federal exige que se notifique al transportista que el envío contiene un arma de fuego o municiones, prohíbe a los transportistas comunes o contratados exigir o hacer que se coloque una etiqueta en cualquier paquete que indique que contiene un arma de fuego y exige que se obtenga un acuse de recibo por escrito.
[18 U.S.C. 922(a)(2)(A), 922(a)(5), 922(e) y (f); 27 CFR 478.30 y 478.31]