En una subasta a consignación, las armas de fuego pueden exhibirse en un sitio de subasta alejado del recinto autorizado del subastador. Las ventas de las armas de fuego pueden hacerse en esa ubicación, pero deben llevarse de nuevo al recinto autorizado del subastador antes de la transferencia. Se considera ilegal la venta y entrega simultánea de armas de fuego subastadas fuera de los recintos autorizados; por ejemplo, cuando se realizan operaciones comerciales en ubicaciones no autorizadas.
Sin embargo, si el subastador está asistiendo en la venta de armas de fuego que forman parte de bienes hereditarios, el beneficiario es el vendedor y quien tiene el control y la posesión de estas. En este caso, las armas de fuego que forman parte de la herencia se pueden vender en el sitio de subasta.
[18 U.S.C. 923(a); 27 CFR 478.50]