Las armas de fuego adquiridas por un titular de licencia antes de obtener una licencia federal deben ser registradas como inventario comercial en el registro de adquisición y disposición (A&D, por sus siglas en inglés) si el titular de licencia pretende vender el arma de fuego.
Todas las armas de fuego adquiridas luego de obtener la licencia deben ser registradas como adquisición en el registro de A&D, como inventario comercial.
[18 U.S.C. 923(c); 27 CFR 478.125a]