No. A partir del 13 de julio de 2016, la regla definitiva “Ametralladoras, dispositivos destructivos y otras armas de fuego determinadas; verificación de antecedentes de personas responsables de un fideicomiso o entidad legal con respecto a la fabricación o transferencia de armas de fuego” (en inglés) enmienda las regulaciones y elimina el requerimiento de contar con una certificación firmada por un funcionario en jefe de la fuerza policial (CLEO, por sus siglas en inglés) y, en su lugar, agrega el requisito de notificación del CLEO.
Antes de presentar la solicitud al Director, todos los solicitantes o cesionarios y las personas responsables remitirán una copia completa del Formulario 1 de la ATF (en inglés) o del Formulario 4 de la ATF (en inglés), o una copia completa del Formulario 5320.23 (en inglés), respectivamente, al funcionario en jefe de la fuerza policial de la localidad en la que se encuentra el solicitante o persona responsable. El jefe policial de área es el jefe de policía local, el alguacil del condado, el jefe de la policía estatal o el fiscal o procurador del distrito estatal o local.
Si el cesionario no es fabricante, importador o distribuidor con licencia habilitado por esta parte y, en cambio, es una sociedad, compañía, asociación o empresa privada; a los fines de esta sección, se la considera ubicada en su oficina principal o en el establecimiento principal de la misma. Si el solicitante o cesionario no es fabricante, importador o distribuidor con licencia habilitado por esta parte y, en cambio, es un fideicomiso, a los fines de esta sección, se lo considera ubicado en la sede principal en la que se conservará el arma de fuego.