No. Debido a que las armas de fuego antiguas no se consideran armas de fuego a los propósitos de la Ley de Control de Armas (GCA, por sus siglas en inglés), ninguna de las reglamentaciones de importación se aplica a la importación de armas de fuego antiguas. Además, un extranjero no inmigrante puede tener en su poder armas de fuego antiguas, incluso si este no se encuentra dentro de una de las excepciones a la prohibición para los extranjeros no inmigrantes.
[18 U.S.C. 921(a)(3) y (a)(16); 27 CFR 478.11]